El 17 de noviembre de 1915 se sancionaba por parte del parlamento la ley de 8 horas, ya para ese entonces varios sindicatos la habían conseguido por la vía de la lucha.
El proyecto de 8 horas fue presentado en 1905 y muchas huelgas, muy duras llevaron a que algunos sindicatos lograran su aplicación previa a la ley, por ejemplo: Aserraderos, Ebanistas, Curtidores, Obreros de Frigoríficos y en el interior Albañiles de Pando, Paysandú, Tacuarembó y San Ramón.
Pasarían décadas de organización y lucha para que dicha ley se generalizara en el ámbito urbano y hoy en día todavía sigue siendo materia de conflicto en el ámbito rural.
El periódico La Batalla publicaba el 18 de febrero al respecto:
“ El fracaso de la ley de 8 horas….Hace un año ya que la ley de las 8 horas fue sancionada y, sin embargo , como todo el mundo lo sabe, el fracaso más grande ha coronado la inutilidad, la insuficiencia de la ley para la conquista de más libertad, de más bienestar para el pueblo laborioso.
Los mismos obreros que al principio estaban locos de contentos pensando en disfrutar de dicho descanso, los vemos entristecidos, con la cara larga y renegando por haber tenido la candidez de creer por un momento, que se podría disfrutar de algín bienestar sin su esfuerzo, sin su constancia en la lucha por conseguirlo”.
Ha pasado ya más de un siglo de aquella publicación, en el caso de los trabajadores ferroviarios, muchos por necesidad realizan jornadas de 12 o más horas diarias, pese a que se abonan extras, se realizan sobre el sueldo base sin contar la partida de alimentación, siendo la retribución más que magra, horas extras en su mayoría al servicio de las transnacionales propietarias el arroz, madera y el cemento.
Hoy las patronales buscan atacar, por diferentes vías la duración de la jornada, por ejemplo en el consejo de salarios pasado del grupo 13 (rama ferroviaria) propusieron que los tripulantes de los trenes deberían llegar a destino sin importar la duración de la jornada, claro retroceso con respecto al reglamento del sector ferroviario público, claro ataque a la seguridad de la operativa.
Todos sabemos que en aquellos lugares donde no existe la organización sindical, las horas extras se pagan simples o en negro , directamente no se pagan y se obliga al trabajo a destajo o todavía peor se obliga a los trabajadores a realizarlas bajo pena de no volver a ser convocados a trabajar cuando son jornaleros.
El saber popular resume lo acontecido en la vieja cita “ Hecha la Ley, Hecha la Trampa” y solamente con organización y lucha se podrán consagrar los derechos legislados.