Los trabajadores sindicalizados de SELF SA, llevamos más de tres años realizando diferentes propuestas, para que se reconozca nuestros conocimientos, para que se nos capacite, para que se nos permita continuar formándonos en la educación pública, para que se mejore la seguridad laboral, para que exista una forma de relacionamiento laboral donde prime el respeto.

A todas estas propuestas se nos ha respondido siempre que no y se nos ha reprimido, denunciado falsamente, despedido injustamente y presionado para obligarnos a abandonar la empresa.

Pero nosotros seguiremos realizando propuestas e intentando alcanzar el objetivo de poder trabajar en un lugar donde se reconozca nuestro conocimiento y se nos respete.

A continuación publicamos nuestra propuesta de Recategorización en el Taller y nuestra propuesta de laudos y categorías para la séptima ronda de consejo de salarios.

PROPUESTA DE RECATEGORIZACIÓN TALLER

Javier Alvez de MEC. II a MEC. I

Gustavo Romero de MEC.II a MEC.I

Nicolas Noceda de MEC.II a MEC.I

Gustavo Sanchez de Ayudante a MEC.I

Juan Puerto de MEC.I a MEC.Esp.

Joseignacio Martinez de ayudante a MEC.I

Sabino San Torcuato de aydante a MEC.II

Alexander Olivera de MEC.I a MEC.Esp.

Abraham Abraham de ayudante a MEC.II

Marcelo García de MEC.II a MEC.Esp.

Sergio Lain de MEC.II a MEC.Esp.

PROPUESTA PARA SÉPTIMA RONDA DE CONSEJO DE SALARIOS

A) TALLERES MECÁNICOS Y REMESAS

1- AYUDANTE  I

Estarán incluidos aquellos trabajadores /as que realicen tareas que se ejecuten según instrucciones concretas, claramente establecidas, con un alto grado de dependencia, que requieran preferentemente esfuerzo físico y /o atención, y que necesiten de escasa formación o conocimientos muy elementales y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño período de adaptación. Tareas que se ejecutan con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con instrucciones específicas. Una vez pasado seis meses de trabajo deberá ascender a la categoría Ayudante II.

2-AYUDANTE II

Los trabajadores /as que bajo supervisión realizan tareas de ayuda y de suministro de materiales y repuestos en el proceso de la reparación. Efectúan recados, encargos, transporte manual, llevan o recogen materiales y herramientas sin riesgo en el movimiento de los mismos. Pueden manejar máquinas herramientas o eléctricas de mano bajo supervisión.

2-ELEVADORISTA

Estarán incluidos aquellos trabajadores /as que cuente con la habilitación correspondiente para poder operar auto-elevadores, realizaran tareas de carga , descarga y apoyo a tareas mecánicas. Será responsable de verificar los niveles de combustible, refrigerantes y lubricantes del equipo

3-GRUISTA

Estarán incluidos aquellos trabajadores /as que cuente con la habilitación correspondiente para poder operar grúas, realizaran tareas de carga, descarga y apoyo a tareas mecánicas. Sera responsable de verificar el estado adecuado de los mecanismos de control, así como niveles de lubricantes, refrigerantes, etc. , de acuerdo al tipo de grúa. De acuerdo a instrucciones de los técnicos a cargo, dirigirá la maniobra con la grúa.

4-AYUDANTE TÉCNICO LOCOMOTORAS/BOGUIES/ VEHÍCULOS

Estarán incluidos aquellos trabajadores /as  con conocimientos y experiencia previos probados en mecánica general y manejo de materiales, equipos y herramientas utilizadas en mecánica, que recibirá instrucción en mecánica ferroviaria.  Auxiliará  a los técnico II, I y especializado, en la reparación  y mantenimiento  de locomotoras, vagones, vehículos , realizará el alistamiento de las locomotoras y efectuará reparaciones de sistemas básicos generales bajo supervisión.

5-TECNICO II LOCOMOTORAS/BOGUIES/ VEHÍCULOS

Estarán incluidos aquellos trabajadores /as que ejecuten  según las instrucciones de un superior jerárquico las reparaciones de unidades (locomotoraso vagones o vehículos), utilizando las técnicas, equipos y materiales requeridos para asegurar el correcto funcionamiento de las mismas. Es responsable de la ejecución de acuerdo a las instrucciones de un superior jerárquico del mantenimiento de las unidades, materiales, equipos y herramientas de manera directa y con carácter constante.

6-TECNICO I LOCOMOTORAS/BOGUIES/ VEHÍCULOS

Aquellos trabajadores /as que realizan trabajos de electrónica, automoción, instrumentación, desmontaje y montaje, soldadura, aire acondicionado, refrigeración, electricidad, chapa, pintura, mecánica, manejo de máquinas herramientas, etc, que los ejecuten en forma autónoma, que exijan habitualmente, iniciativa y razonamiento por parte de los trabajadores /as encargados de su ejecución, comportando, bajo supervisión, la responsabilidad de los mismos.

El trabajador podrá realizar ocasionalmente tareas definidas para categorías inferiores, en la medida en que tenga conocimiento y práctica de las mismas

7-TECNICO ESPECIALIZADO

Aquellos trabajadores /as que realizan tareas de electrónica, automoción, instrumentación, desmontaje y montaje, soldadura, aire acondicionado, refrigeración, electricidad, chapa, pintura, mecánica, manejo de máquinas herramientas, etc., con capacitación suficiente para resolver todos los requisitos de su oficio o responsabilidad. Son trabajadores /as que con un alto grado de autonomía, iniciativa y responsabilidad. Pueden ejercer mando directo al frente de un conjunto limitado de operarios /as que realizan las labores auxiliares en el proceso de la reparación realizando el control de las máquinas y vehículos que se utilizan.

El trabajador podrá realizar ocasionalmente tareas definidas para categorías inferiores, en la medida en que tenga conocimiento y práctica de las mismas

VIATICOS POR DESPLAZAMIENTO

La empresa se hará cargo de los gastos de alojamiento y alimentación de los trabajadores que  se desplacen a más de 25 km del taller o remesa. Las partidas para alimentación serán en efectivo y a rendir con boleta, cubriendo desayuno, almuerzo y cena.

Desayuno 207 / Almuerzo 558/ Cena 558 pesos uruguayos

El tiempo de viaje  de ida o vuelta, será computado como trabajado.

PERNOCTE

En caso de ser necesario el pernocte, los trabajadores percibirán una compensación de 36 pesos por hora de descanso al finalizar la jornada de 8 horas ,ajustable junto con los aumentos anuales o semestrales que se perciban.

B) CONDUCCIÓN

B-1) OPERADORES DE CARGA

1-ASPIRANTES A JEFE DE TREN O CONDUCTOR

Esta categoría aplica a aquellos aspirantes que ingresen a programas de capacitación para lograr la habilitación de DNTF correspondiente, en el caso de jefes de tren 2 o 1 que se postulen a conductor percibirán el laudo de su categoría durante la capacitación. Los programas de capacitación deberán tener una duración preestablecida.

1-JEFE DE TREN 2

Trabajador/a que cuentan con la habilitación de DNTF correspondiente para  tener  bajo su mando y responsabilidad a un tren de hasta 450 toneladas Solicita y tramita autorización para uso de vía de acuerdo a los sistemas de gestión de tráfico de los administradores de infraestructura. Es responsable de la revisación de las locomotoras, revisación y supervisión de los vagones.

2-JEFE DE TREN 1

Trabajador/a que cuentan con la habilitación de DNTF correspondiente para  tener  bajo su mando y responsabilidad a un tren de hasta 1800 toneladas Solicita y tramita autorización para uso de vía de acuerdo a los sistemas de gestión de tráfico de los administradores de infraestructura. Es responsable de la revisación de las locomotoras, revisación y supervisión de los vagones. Forma parte de la tripulación de trenes que remolcan cargas peligrosas.

2-JEFE DE TREN EXTRA

Trabajador/a que cuentan con la habilitación de DNTF correspondiente para  tener  bajo su mando y responsabilidad a un tren de más 1800 toneladas Solicita y tramita autorización para uso de vía de acuerdo a los sistemas de gestión de tráfico de los administradores de infraestructura. Es responsable de la revisación de las locomotoras, revisación y supervisión de los vagones. Forma parte de la tripulación de trenes que remolcan cargas peligrosas.

3-CONDUCTOR 2

Trabajador/a que  cuenta con la habilitación de DNTF correspondiente para tener  a su cargo y conducir máquinas a vapor o diésel eléctricas o diésel hidráulicas y el convoy que es remolcado hasta 450 toneladas

4-CONDUCTOR 1

Trabajador/a que  cuenta con la habilitación de DNTF correspondiente para  a su cargo y conduce máquinas a vapor o diésel eléctricas o diésel hidráulicas y el convoy que es remolcado hasta 1800 toneladas, incluyendo cargas peligrosas. Puede realizar tareas de instructor en los momentos que fuere necesario, sobre reglamentación, mecánica y manejo de locomotoras.

5-CONDUCTOR EXTRA

Trabajador/a que  cuenta con la habilitación de DNTF correspondiente para  a su cargo y conduce máquinas a vapor o diésel eléctricas o diésel hidráulicas y el convoy que es remolcado de más de  1800 toneladas, incluyendo cargas peligrosas. Puede realizar tareas de instructor en los momentos que fuere necesario, sobre reglamentación, mecánica y manejo de locomotoras.

VIATICOS

La empresa se hará cargo de los gastos de alojamiento y alimentación de los trabajadores que  se desplacen a más de 25 km del taller o remesa. Las partidas para alimentación serán en efectivo y a rendir con boleta, cubriendo desayuno, almuerzo y cena.

Desayuno 207 / Almuerzo 558/ Cena 558 pesos uruguayos

PERNOCTE

En caso de ser necesario el pernocte, los trabajadores percibirán una compensación de 36 pesos por hora de descanso al finalizar la jornada de 8 horas ,ajustable junto con los aumentos anuales o semestrales que se perciban.

PRIMA POR KM RECORRIDO

Se abonará una prima de 12 pesos por Km recorrido, ajustable junto con los aumentos anuales o semestrales que se perciban

PRIMA POR TRANSPORTE DE CARGA PELIGROSA

Se abonará una prima de 15 pesos por Km recorrido con carga peligrosa, ajustable junto con los aumentos anuales o semestrales que se perciban