Después que se lea este artículo cada compañero sacará sus propias conclusiones, pero es claro que el SRV pagado por AFE no ha cumpido nunca el objetivo de mejorar el desempeño, esto ha ocurrido por varios factores y entre ellos se destaca el desconocimiento general de las metas, la publicación tardía de las mismas, el vínculo del indicador individual unicamente al presentismo y la falta de negociación colectiva al momento de definir las metas.
ORIGEN.
En 2013 se firmó un acuerdo en el Poder Ejecutivo y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes, donde se establecieron las bases para el pago del SRV, el objetivo del mismo era estimular las mejoras en el desempeño de las empresas públicas mediante un estímulo económico ligado a metas institucionales, secoriales e individuales.
Indicadores de Desempeño Institucional. Al menos uno de los indicadores que se incluirá en el cálculo del SRV estará relacionado con los resultados de la empresa y su meta deberá ser coherente con el presupuesto aprobado.
Indicadores de Desempeño Sectorial. Para cada sector, los indicadores medirán el desempeño en términos de productividad a nivel de sector, asociados con el cuadro de mando de la empresa.
Se establecerán mínimos a partir de los cuales se considerará el grado de cumplimiento de las metas asociadas a ellos y la graduación de cobro en los casos de cumplimiento parcial de los indicadores.
Indicadores de Desempeño Individual. Estos indicadores alentarán conductas de los trabajadores que repercutan positivamente en la gestión de la empresa, vinculándose como mínimo a la capacitación relevante para la empresa y calificación del funcionario, estableciéndose pautas mínimas y máximas a alcanzar.
QUIEN COBRA SRV.
Percibirán el SRV todos los trabajadores cuyas remuneraciones sean abonadas con cargo al Grupo 0 a excepción de los cargos políticos o de particular confianza, pasantes, becarios y zafrales cuya permanencia sea menor a 6 meses en el año en que se calcula el SRV.
COMO SE CALCULA.
El monto que podrá ser distribuido por el SRV deberá ser inferior a un máximo del 6% de las partidas salariales susceptibles de ajustes salariales generales -excluido el propio SRV- (partidas de índole salarial incluidas en el Grupo 0 «Servicios Personales»), excluyendo aquellas que se ajustan por coeficientes específicos (los Beneficios Familiares, Prima por Antigüedad, Quebranto de Caja, Compensación por Alimentación, Compensación Desplazamiento y Pernocte, Rentas de Accidentes, Contribuciones por Asistencia Médica, etc.), Aguinaldo y Cargas Legales sobre Servicios Personales. Se aplicarán los ajustes salariales de Enero del año del pago.
Criterio de distribución. El SRV se abonará en un único pago, en Marzo del año siguiente a su generación, una vez que estén cerradas las mediciones de los indicadores, en momentos diferentes al sueldo.
Determinación del SRV individual. La Remuneración Variable será pagada en función de la puntuación obtenida por cada funcionario en los tres bloques de indicadores: Desempeño institucional (empresa), Desempeño sectorial (división o unidad) y Desempeño individual. La ponderación de cada bloque, será del 37.5% para desempeño institucional, y 62.5% para desempeño sectorial. Como Indicador de Desempeño Individual, al haber la empresa optado exclusivamente por el presentismo por no poseer mecanismos de evaluación de desempeño individual, el mismo se considerará en forma independiente de los Indicadores Globales y Sectoriales Penalizando en forma global el resultado derivado del grado de cumplimiento de las metas institucionales y sectoriales.
A su vez la puntuación obtenida en cada uno de los bloques de indicadores será el promedio de los puntajes obtenidos en los diferentes indicadores, ponderado por la importancia que se asigne a cada indicador.
Para cada bloque se podrá definir un puntaje mínimo por debajo del cual no se abonará SRV.
CUMPLIMIENTO DE METAS
BANDA DE CUMPLIMIENTO GENERAL:
Si el nivel de cumplimiento de las metas establecidas para los indicadores (**) sectoriales es de:
– Menor o igual a 30%: no se abona nada.
– Mayor que 30% y menor o igual que 90%: se abona lineal (63% cumplimiento, se abona 63% del SRV correspondiente).
– mayor que 90%: se abona 100% del SRV correspondiente.
(**) : Se aclara que en los casos en que el objetivo se fija como un valor absoluto, se considera como meta establecida para ese indicador, la mejora entre el valor de referencia y el valor meta.
CALCULO DEL SRV 2016 PARA CADA FUNCIONARIO:
SRV2016func i = Monto máximo 2016 SRVfunc i x (Cumplimiento Indicador global x 0.375 + Cumplimiento Indicador sectorial x 0 .625) x (1 – % presentismo func i )
Monto máximo 2016 SRVfunc i = Masa salarial SRV anual 2016 funcionario i x 6% x Variación salarial 2017/2016. (excluyendo aquellas que se ajustan por coeficientes específicos
La Masa salarial SRV anual 2016 funcionario i : excluye aquellas partidas salariales que se ajustan por coeficientes específicos los Beneficios Familiares, Prima por Antigüedad, Quebranto de Caja, Compensación por Alimentación, Compensación Desplazamiento y Pernocte, Rentas de Accidentes, Contribuciones por Asistencia Médica, etc., Aguinaldo y Cargas Legales sobre Servicios Personales.
Presentismo del personal medido como: Importes descontados por ausencias no reglamentarias (*) / Importe de remuneraciones fijas (tomadas en cuenta para determinar descuento por ausencias)
(*) : Conceptos de ausencia: 190 – suspensiones, y 199 – Ausencias.
Ejemplo 1 : Escenario en que cumple todas las metas
Masa salarial anual funcionario A = 100
Monto máximo= (100 x 0,06) x 1,081= 6,5
SRV2016func i = 6,5x (0,375+0,625) x (1 )= 6,5
Ejemplo 2: Escenario en que cumple meta institucional , individual y no cumple sectorial
Masa salarial anual funcionario A = 100
Monto máximo= (100 x 0,06) x 1,081= 6,5
SRV2016func i = 6,5x (0,375+0,000) x (1 )= 2,4